ADMITIDO EN PARTE EL RECURSO CONTRA LA LEY DE PARTICIPACIóN
Según Sentencia nº 1304/17, de 18 de julio, notificada el día de hoy, de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Tribunal Supremo, se acoge -en parte- el recurso presentado por las cuatro organizaciones sindicales valencianas contra el Decreto 193/2015, de 23 de octubre del Conselll por el que se desarrollaba la Ley de Participación y colaboración institucional de las organizaciones sindicales y empresariales representativas 7/2015, de 2 de abril.
El Supremo, tras analizar y aquilatar el Decreto realizando una valoración interpretativa del mismo, declara nulas y sin efecto un inciso del Art. 7.3; otro del 7.5; y el 7.6 y el Art. 9 referentes todos ellos a actividades discrecionales de CCOO, UGT y las posibles existentes patronales..
Aunque el objetivo que se marcaron los sindicatos CSIF, USO, IV y Sindicato Independiente no han sido alcanzados en su totalidad, en parte, se ha logrado acotar la discrecionalidad del Decreto y servirá para negociar con la Generalitat el alcance de las acciones realizadas y la posible nulidad de los justificantes emitidos para abonar los 5,3 millones anuales.
Por parte del Sindicato Independiente se valora positivamente el esfuerzo hecho por el Tribunal Supremo para impedir que la vulneración de la libertad sindical fuera absoluta.