NORMATIVA LABORAL
GRADOS DE AFINIDAD
El Estatuto de los Trabajadores prevé diversos permisos retribuidos en caso de nacimientos, fallecimientos u hospitalizaciones, dependiendo del grado de afinidad o consanguinidad con el trabajador.
Algunos Convenios Colectivos mejoran lo reflejado en el Estatuto de los Trabajadores, que se limita al segundo grado de afinidad o consanguinidad.
Estos son los grados de parentesco con nuestros familiares. En función de ellos, y consultando la normativa vigente, podemos conocer el número de días de permiso retribuído que le corresponden al trabajador en caso de que suceda alguna de las situaciones mencionadas:
Grados de consanguinidad o afinidad
Primer grado
De consanguinidad
Padres
Hijos
De afinidad
Padres del cónyuge
Hijos del cónyuge
Segundo grado
De consanguinidad
Abuelo
Hermanos
Nietos
De afinidad
Abuelos del cónyuge
Hermanos del cónyuge
Tercer grado
De consanguinidad
Tíos
Sobrinos
De afinidad
Tíos del cónyuge
Sobrinos del cónyuge


